La Constitución chilena de 1980 refleja con alguna fidelidad el concepto de Estado de Derecho tradicional (ilustrado, racional, democrático, representativo, etc.) mediante el establecimiento de una pluralidad de órganos políticos y administrativos, con limitada competencia, responsables, sometidos a diversos tipos de control en el ejercicio de algunas de sus funciones a cargo de cuerpos predispuestos.
Cerda Medina, M. (2016). El Estado al servicio de la persona humana. Revista De Derecho Público, (57/58), Págs. 75–82. https://doi.org/10.5354/rdpu.v0i57/58.43348