El artículo 19 no.4 de la constitución política de la república, al asegurar a todas las personas el respeto y protección de la vida pública de la persona, está garantizando el derecho a la propia imagen de toda persona, sin distinción alguna.
Peña Atero, J. I. (2016). La protección del derecho a la propia imagen. Revista De Derecho Público, (64), Págs. 283–308. https://doi.org/10.5354/rdpu.v0i64.43108