Protección legal para la búsqueda y notificación de vulnerabilidades de ciberseguridad en Chile

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Resumo

En estos días, a fines de 2020, se discute en el Congreso Nacional de Chile, el proyecto de ley que implementa el Convenio de Budapest sobre Cibercrimen y que deroga la Ley Nº19.223 sobre delitos informáticos de 1993. Un proyecto largamente anhelado por la comunidad técnica vinculada a la ciberseguridad y por la comunidad científica del derecho y la tecnología, que, por largos años, ha evidenciado las insuficiencias de la ley vigente —aprobada antes de la existencia y masificación de la web— en múltiples conferencias, seminarios y artículos de doctrina, muchos de ellos publicados en nuestras páginas. Entre las innovaciones que considera el proyecto de ley, varias de ellas fruto del aporte de parlamentarias y parlamentarios interesados en este tema, queremos destacar la incorporación de normas que tienen por objeto proteger legalmente la búsqueda y notificación de vulnerabilidades de ciberseguridad. De aprobarse una disposición expresa que exima de responsabilidad penal a los investigadores en ciberseguridad que habiendo encontrado una vulnerabilidad en una red, sistema o programa computacional, notifiquen inmediatamente de ella a la entidad responsable y, eventualmente, a la autoridad pública competente, Chile pasaría a tener no solo una legislación moderna sino que también de vanguardia en la región y el mundo.

Palavras-chave:

Delitos informáticos, ciberseguridad, hacking ético, Chile, Convenio de Budapest

Biografia do Autor

Daniel Álvarez-Valenzuela, Universidad de Chile

Daniel Álvarez-Valenzuela es abogado. Licenciado en Ciencias Jurídicas y Sociales, Diplomado en Derecho Informático, Magíster en Derecho Público y doctorando en derecho, todos por la Universidad de Chile.

Alejandro Hevia Angulo, Dr., Universidad de Chile

Alejandro Hevia Angulo es profesor Asistente del Departamento de Ciencias de la Computación de la Facultad de Ciencias Físicas y Matemáticas de la Universidad de Chile.

Referências

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